A partir del 1 de octubre de 2024, se aplicarán nuevas tasas de IVA del 7,5% y del 2%
El pasado 27 de junio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) público los cambios transitorios en los tipos de IVA aplicables a ciertos productos esenciales. A partir del 1 de octubre de 2024, se aplicarán nuevas tasas de IVA del 7,5% y del 2% a ciertos productos, en virtud del Real Decreto-ley 04/2024, aprobado el 26 de junio, que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿A qué productos se aplica el cambio del IVA del 1 de octubre y hasta cuándo?
A partir de 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 esos tipos impositivos de IVA se incrementarán:
- Aceites de semillas y pastas alimenticias. 7,5%
- Productos básicos como pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres y cereales: 2%
- Aceite de oliva. 2%
Recargo de equivalencia
Adicionalmente, el recargo de equivalencia aplicable a estos productos también se ver afectado:
- Para los productos que pasan del 5% al 7,5% de IVA, el recargo de equivalencia aumentar del 0,6% al 1%.
- Para los productos que pasan del 0% al 2% de IVA, el recargo de equivalencia subir del 0% al 0,26%.
Por otro lado, desde el 1 de enero de 2025 el aceite de oliva será considerado como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento.
Es crucial que verifiques tu sistema de facturación para garantizar que estos cambios se reflejen adecuadamente. Te sugerimos actualizar los tipos de IVA antes de la fecha en que entren en vigor, a fin de evitar posibles errores en tus operaciones diarias.